El MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL - SECRETARÍA DE GOBIERNO DE SALUD dictó la Resolución 3158/2019 (BO 20-11-2019) cuyo anexo “PROTOCOLO PARA LA ATENCIÓN INTEGRAL DE LAS PERSONAS CON DERECHO A LA INTERRUPCIÓN LEGAL DEL EMBARAZO” generó polémica .
Por el Decreto 785/2019 se deroga dicha resolución y por ende el Protocolo.Se invoca que la Resolución 3158/19 fue dictada sin consultar la opinión de sus superiores jerárquicos, máxime teniendo en particular consideración la relevancia e implicancias de las cuestiones en ella reguladas. Se puntualiza que conforme lo establecido por la Ley N° 26.061 sobre Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, compete a la Secretaría a su cargo, entre otras facultades, las de establecer en coordinación con el Consejo Federal de Niñez, Adolescencia y Familia mecanismos de seguimiento, monitoreo y evaluación de las políticas públicas destinadas a la protección de los derechos de las niñas, niños y adolescentes. Se indica también que la AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD y el INSTITUTO NACIONAL DE LAS MUJERES no han sido oídos..
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