Por Resolución 757/2018 se aprobaron pautas - en un anexo- donde se establece lo siguiente:
Hay tres niveles de servicio:
A) NIVEL 1: VICEPRESIDENTE DE LA NACIÓN y su núcleo familiar.
B) NIVEL 2: JEFE DE GABINETE DE MINISTROS y apoyo operativo; MINISTRO DE SEGURIDAD y SECRETARIO DE SEGURIDAD.
C) NIVEL 3: Los Ministros y funcionarios que el MINISTERIO DE SEGURIDAD considere que se les deba brindar el SERVICIO DE PROTECCIÓN DE ESTADO Y CUSTODIA y los ex Presidentes de la Nación.
DEFINICIONES:
A los fines de la presente Resolución, se considera:
A) PROTECCIÓN DE ESTADO: Es la acción que ejerce el propio Estado por intermedio de la POLICÍA FEDERAL ARGENTINA, según el caso, para proteger la integridad de los representantes del PODER EJECUTIVO NACIONAL, en su calidad de tales y bajo las condiciones aquí previstas; de otros funcionarios públicos que el MINISTERIO DE SEGURIDAD considere deban recibir custodia conforme criterios objetivos de seguridad; y
los ex Presidentes de la Nación.
B) CUSTODIA: Es el sistema de seguridad que se aplica con el fin de proteger a los representantes de las instituciones democráticas que se encuentran contemplados en la presente Resolución, y/o al emplazamiento donde resida o se encuentre desempeñando sus obligaciones, sea este de carácter permanente o transitorio.
C) APOYO OPERATIVO: son los funcionarios que revistan en la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS que, sin ser Ministros, tienen funciones de alto grado de sensibilidad, exposición y responsabilidad.
D) APOYO JURISDICCIONAL: es todo apoyo de las FUERZAS POLICIALES Y DE SEGURIDAD FEDERALES de la jurisdicción que corresponda según la prestación del servicio.
E) CONSIGNA POLICIAL: es el servicio de vigilancia exclusivo, que se cumple en el lugar que se designa, con un objeto preciso, con perjuicio del servicio ordinario y que no puede ser abandonado sin previo aviso
Fuente: BO del 26-9-2018